Los derechos violentados a las personas privadas de su libertad e ingresadas a las cárceles de esas localidades se refieren a la estancia digna, protección de la salud, la legalidad y seguridad jurídica.
Las investigaciones correspondientes se llevaron a cabo por personal de las diferentes Visitadurías de este organismo, derivadas de quejas de oficio que fueron iniciadas tras visitas de inspección a dichas áreas de internamiento.
Entre las deficiencias e irregularidades detectadas en los diversos separos destacan falta de sanitarios, de agua potable, de aseo, no contar con juez o jueza cívica ni reglamento y/o protocolo de actuación, la no separación entre hombres, mujeres y adolescentes.
Así mismo, no se cuenta con colchonetas, falta de sistema de vigilancia permanente, equipo de climatización para una temperatura adecuada, un sistema que permita el control documental, no se brinda alimentación ni algún tipo de servicio médico en caso de que las personas que ingresan lo requieran.
En estas 11 resoluciones, la CEDH recomienda a las autoridades que se asignen las partidas presupuestales para realizar las modificaciones pertinentes que subsanen las deficiencias detectadas.
De igual forma, que se remitan pruebas del funcionamiento y operación del Consejo de Seguridad Pública de estos municipios y que se implementen las medidas administrativas necesarias para corregir las irregularidades señaladas.
Como medas de no repetición, coinciden en que se adecuen las celdas para que cuenten con los servicios básicos de higiene, como son sanitarios en condiciones dignas, lavamanos, aire acondicionado, calefacción, agua corriente y agua potable; que las personas internas se encuentren en todo momento a la vista de las personas encargadas de la guarda y custodia, previendo que exista separación entre mujeres, hombres y personas menores de edad, y se les otorguen colchonetas.