
Dicho documento, el cual busca dar certeza a las personas que participen en la elección de personas juzgadoras, determina qué se entiende por campaña, quiénes son sujetos de responsabilidad en el PEEPJF 2024-2025, así como las conductas que constituyen infracciones de las personas aspirantes y candidatas a juzgadoras.
Asimismo, define las conductas sancionables de los partidos políticos, las y los servidores públicos, la ciudadanía, las personas dirigentes y afiliadas a partidos políticos o, en su caso, de cualquier persona observadora electoral, física o jurídica, así como concesionarios de radio y televisión.
A la vez, se emiten reglas para alinear la norma constitucional y legal con la normatividad interna en el Instituto en materia de procedimientos sancionadores. Además, prevé conceptos, precisa competencias y regula distintas actividades y procedimientos relacionados con las nuevas funciones que tiene el INE.
Igualmente, se establece que el trámite de los procedimientos especiales sancionadores se seguirá informando y remitiendo, en su caso, los expedientes e informes a la Sala Regional Especializada, hasta en tanto la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación disponga lo conducente.
Determinan metas a nivel nacional y local de reporte de instalación de casillas
En otro punto de la sesión, el pleno aprobó el Programa de operación y las metas del Sistema de Información sobre el desarrollo de la Jornada Electoral (SIJE), que operará en el PEEPJF 2024-2025 y, en su caso, en las elecciones extraordinarias que deriven del mismo.
Mediante este programa, el Consejo General, los consejos locales y distritales del INE, así como los Organismos Públicos Locales (OPL) serán informados oportunamente sobre el desarrollo de la Jornada Electoral del 1 de junio de 2025.
En el acuerdo se determinan las metas a nivel nacional para el reporte de instalación de las casillas seccionales aprobadas por los consejos distritales, conforme a lo siguiente:
Reportar entre el 77 y 80 %, a más tardar, a las 11:00 h (horario del centro).
Reportar entre el 88 y 90 %, a más tardar, a las 12:00 h (horario del centro).
Asimismo, se establecieron las metas por entidad federativa, con las mismas horas de corte que en el ámbito nacional.
De acuerdo con el artículo 317, numeral 1 del Reglamento de Elecciones, el SIJE considerará la totalidad de las casillas que serán aprobadas por los consejos distritales y contendrá la siguiente información: instalación de la casilla; integración de la Mesa Directiva de Casilla Seccional; observadoras y observadores electorales e incidentes que pudieran suscitarse en las casillas durante la Jornada Electoral.
Por otra parte, el Consejo General dio por recibido el segundo informe sobre el Plan Integral y Calendario del PEEPJF 2024-2025.
Finalmente, analizó proyectos de resolución respecto de los recursos de revisión interpuestos en contra de acuerdos de los consejos locales del Instituto de los estados de Morelos y Puebla, por los que se designa o ratifica, según corresponda, a las consejeras y consejeros electorales de los consejos distritales para el PEEPJF 2024-2025 y los extraordinarios que, en su caso, se deriven de este.