
A propósito del inicio de abril, mes para presentar la Declaración Anual de personas correspondiente al ejercicio fiscal 2024, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer una serie de actualizaciones y mejoras para este trámite.
La autoridad fiscal recuerda a las (os) contribuyentes que el periodo para presentar la Declaración Anual para personas físicas es del 1 al 30 de abril y para facilitar el cumplimiento de esta obligación, se optimizaron los formularios correspondientes a los siguientes apartados:
- – Para quienes tributan en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), se cuenta con información precargada de pagos mensuales en los apartados de ingresos, devoluciones, descuentos y bonificaciones, impuesto sobre la renta (ISR) retenido por personas morales y pagos mensuales efectuados durante el ejercicio
- – Para las personas que regresaron a tributar al RESICO, del Régimen de Actividad Empresarial y Servicios Profesionales y Arrendamiento, se creó un campo para acreditar los pagos que hayan realizado bajo el régimen correspondiente
- – Para los ingresos por el Régimen de Arrendamiento se incluyó un campo para acreditar el ISR retenido por Fideicomisos de Inversión en Bienes Raíces (FIBRAS)
- – En los datos de nómina se incorporó un apartado para detallar, por régimen, el monto de los Sueldos, Salarios y Asimilados deducibles, así como la Participación de los Trabajadores en las Utilidades
- – En la sección “Pago” se optimizó el campo “Monto pagado con anterioridad”, ahora se muestra precargado el monto de la primera parcialidad al elegir la opción de pago en parcialidades del ISR a cargo. Adicionalmente, se pueden registrar las parcialidades subsecuentes en el mismo campo, señalando la línea de captura, el monto pagado y la fecha del mismo.
El SAT recuerda que la Declaración Anual 2024 es una obligación para las personas que obtengan ingresos por las siguientes actividades:
- o Sueldos y salarios
- o Servicios profesionales.
- o Actividades empresariales. Incluye plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
- o Arrendamiento de bienes inmuebles.
- o Enajenación o adquisición de bienes.
- o Intereses o dividendos.
- o Pero además se destacó que las personas que tributan en el RESICO quedan relevadas de presentar la Declaración Anual de conformidad con la regla 3.13.7 de la RMF, excepto las que apliquen lo establecido en las reglas 3.13.20. y 3.13.21., quienes pueden optar por presentarla.
También se recordó que los requisitos para presentar la Declaración Anual son: la contraseña o e.firma activa. En caso de tener dudas o requerir orientación sobre la Declaración Anual 2024 de personas, se dispone de los siguientes medios de atención:
- – MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 0, subopción 2
- – Chat uno a uno en chat.sat.gob.mx
- – OrientaSAT y
- – Oficina Virtual previa cita registrada en citas.sat.gob.mx